Análisis de la aplicación práctica de los principios procesales al sac del derecho español

AutorBelén Iboleón Salmerón - Gustavo Gacía-Villanova Zurita
CargoProfesora Contratada Doctora de D.° Procesal de la Universidad de Granada - Vicesecretario General del Ayuntamiento de Granada
Páginas39-62
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RPDC, Março de 2014, n.º 77
RPDC
Revista Portuguesa
de Direito do Consumo
ANÁLISIS DE LA APLICACIÓN PRÁCTICA
DE LOS PRINCIPIOS PROCESALES
AL SAC DEL DERECHO ESPAÑOL
Belén Iboleón SALMERÓN
Profesora Contratada Doctora de D.° Procesal
de la Universidad de Granada
Presidente del Tribunal Arbitral de la Junta
Municipal de Consumo del Ayuntamiento
de Granada
Gustavo Gacía-Villanova ZURITA
Vicesecretario General del Ayuntamiento de
Granada
Presidente del Tribunal Arbitral de la Junta
Municipal de Consumo del Ayuntamiento
de Granada
RPDC, Março de 2014, n.º 77
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RPDC
Revista Portuguesa
de Direito do Consumo
I.– INTRODUCCIÓN.–
La regulación del Sistema Arbitral de Consumo en España, se encuentra en el Real
Decreto 231/2008, de 15 de Febrero1, norma que entró en vigor a los seis meses tras su
publicación íntegra en el Boletín, excepción hecha de sus artículos 25 (Oferta pública
de adhesión al Sistema arbitral de Consumo) y 27 (Competencia territorial para resolver
sobre las ofertas públicas de adhesión). Se trata de una adaptación de la anterior
regulación del sistema, basada en el Real Decreto 636/1993, de 3 de Mayo. La necesidad
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incrementar la seguridad jurídica de las partes y la homogeneidad del sistema, como
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del sistema arbitral de consumo2, aprovechando así mismo la coyuntura para aclarar
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ejemplo las materias que pueden ser objeto de arbitraje, la regulación aplicable a las
actividades de las Juntas Arbitrales de Consumo, la reconvención y la mediación.
En síntesis, la regulación ha tenido efectos positivos entre los que destacan en nuestra
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se abra a licenciados en derecho para los arbitrajes en derecho. Ya no están obligados
a ser colegiados ejercientes sino simplemente licenciados en Derecho y pertenecientes
al ámbito de la Administración. Esa opción ha sido elegida frente a la posibilidad de
que fuese personal administrativo para cuyo ingreso fuese necesario una titulación
universitaria superior (grupo A1) lo que habría limitado notablemente la posibilidad del
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2 Es indudable el creciente interés mostrado por la ciudadanía respecto de las formas de defensa de los
derechos del consumidor. Tal y como se señala en la encuesta BALANCE DE CONSULTAS Y RECLAMACIONES
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publicado por el Instituto Nacional de Consumo, durante tal año se presentaron ante las Asociaciones de
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